Con la finalidad de cumplir el objetivo del eje 4 del Plan de Desarrollo Institucional 2021-2025: Modelo de investigación abierta y comprometida, que consiste en promover la visión participativa y colaborativa en la investigación inter, multi y transdisciplinaria, sustentada en la participación de la comunidad estudiantil, docente y de investigación y, con fundamento en el acuerdo del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado de la sesión extraordinaria del 9 de febrero del año en curso.
Reconocer e impulsar la investigación abierta y comprometida en torno a los objetivos que impacten en la resolución de las problemáticas de la región según lo previsto en el eje 4 del Plan de desarrollo Institucional 2021-2025 y que, preferentemente, se alineen a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU de los cuales nuestra Benemérita Institución es signataria
El Padrón de Investigadoras (es) se integra por áreas del conocimiento, y está conformado UNICAMENTE por las y los Profesores–Investigadores de tiempo completo, medio tiempo y profesores asignatura, siempre y cuando las y los últimos sean del SNI, que hayan desarrollado labores de investigación y de docencia en forma regular en los últimos cuatro años, o que se hayan integrado a la planta de la BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA en el último año, de acuerdo con los siguientes requisitos:
Poseer el grado de Doctor o Doctora en Ciencias. En limitadas ocasiones se considerará la incorporación de aquellos investigadoras (es) con grado de Maestría y estudios de Doctorado en proceso o con Especialidad Médica certificada ante el Consejo Mexicano de la Especialidad correspondiente a su área de investigación, que además muestren una producción científica considerable.
Comprobar los resultados de investigación de los últimos cuatro años presentando al menos tres productos académicos derivados de su labor de investigación. Estos productos deberán incluir al menos dos artículos publicados en revistas especializadas arbitradas e indizadas en sistemas de información en línea reconocidos internacionalmente como son: Clarivate Analytics, (Journal of Citation Reports), SCOPUS, SciELO o el Padrón de Revistas de Investigación del CONACyT.
Los productos a considerar son:
Artículos publicados en revistas científicas de investigación arbitradas de circulación internacional e indizadas y que se les mida el nivel de citación por medio de métricas tales como el Factor de Impacto (IF), o el Source Normalized Impact per Paper (SNIP) o equivalentes. Se considerarán favorablemente y de manera excepcional aquellos artículos publicados en revistas fuera de las métricas de IF o SNIP, siempre que las y los evaluadores consideren que la publicación es de prestigio dentro de su área del conocimiento.
Nota: Se solicita a las y los investigadores que especifiquen los índices internacionales en los que está considerada la publicación. La Comisión de Evaluación por Área del Conocimiento determinará el valor que se le adjudicará al producto de acuerdo con los criterios vigentes en cada área. Se debe considerar que el registro ISSN no es sinónimo de indización, por lo que no se aceptará cuando sea indizado tan solo por la regularidad en su edición, ya sea impresa o digital.
Las publicaciones en memorias in extenso o Proceedings podrán considerarse de acuerdo a los criterios establecidos en cada área del conocimiento siempre y cuando se haga de manera explícita que en la publicación se siguió un proceso riguroso de arbitraje por pares académicos y que fueron avalados y editados por una sociedad científica.
Libros o capítulos de libro que sean resultado de trabajos de investigación, publicados por editoriales que cuenten con un Consejo Editorial y que además cuente con ISBN. Se privilegiará aquellos materiales publicados en editoriales con distribución internacional o que sus contenidos sean indizados en bases de datos internacionales.
Patentes registradas u otorgadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o cualquier otra oficina de Propiedad Industrial de otros países o licenciamientos o transferencia de conocimiento.
Docencia: Haber impartido al menos un curso al semestre en alguno de los distintos niveles: Licenciatura, Especialidad, Maestría o Doctorado. En especial, se considerará de manera muy favorable cuando las y los investigadores hayan impartido clases en programas educativos de licenciatura.
Formación de Recursos Humanos: Haber dirigido tesis en cualquier nivel: Licenciatura, Especialidad, Maestría o Doctorado y que al menos se tengan dos direcciones de tesis de licenciatura o de posgrado concluidas, defendidas y aprobadas en el período a evaluar, y al menos en una de éstas debe haber sido Directora o Director de tesis.
*Las comisiones podrán considerar y otorgar un dictamen favorable si el caso lo amerita, a las y los jóvenes académicos doctorados en el último año, que aún no cumplan con alguno de los requisitos 3 y 4 establecidos en la presente Convocatoria, en base a su producción científica de los últimos cuatro años.
INTEGRANTES DEL S.N.I
Ingresar a la plataforma del Padrón de Investigadores, el enlace estará en el sitio web de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado http://www.viep.buap.mx
Ingresar a la sección de: “Aplicar a Programas” y oprimir el botón APLICAR.
Se habilitará el botón: “Generar y Firmar solicitud”, deberá oprimirlo para poder firmar la solicitud electrónicamente y guardarla en sistema, con lo que quedará concluida la aplicación a la convocatoria.
Asegurarse de recibir un correo de confirmación, en caso de no recibirlo deberá contactar a soporte técnico.
INTEGRANTES NO S.N.I
Ingresar a la plataforma del Padrón de Investigadoras (es), el enlace estará en el sitio web de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado http://www.viep.buap.mx
Si no cuenta con los datos (usuario y contraseña), registrarse como usuaria (o) nuevo. El sistema enviará un correo con los datos (usuario y contraseña).
Ingresar y llenar la información de los módulos que se encuentran a la derecha y subir los documentos (ver anexo 1) que avalen la información capturada de los requisitos 1 al 4 de la presente convocatoria. Los documentos deben estar en formato PDF, con un peso no mayor a 2 megabytes y serán utilizados para la evaluación. Es importante rectificar y/o ratificar el Área de Conocimiento en la cual requiere evaluación y/o registro.
Una vez completado lo anterior, las/os integrantes deberán Ingresar a la sección de: “Aplicar a Programas” y oprimir el botón APLICAR para validar la información y poder continuar.
Se habilitará el botón: “Generar y Firmar solicitud”, deberá oprimirlo para poder firmar la solicitud electrónicamente y guardarla en sistema, con lo que quedará concluida la aplicación a la convocatoria.
Asegurarse de recibir un correo de confirmación, en caso de no recibirlo deberá contactar a soporte técnico.
La plataforma permanecerá abierta a partir del 23 de febrero y hasta las 20:00 horas del 8 de marzo del 2023.
Las personas investigadoras registradas que incumplan con algún requisito, no pasarán a la etapa de evaluación.
Los expedientes serán evaluados por pares académicos integrados con investigadoras/es del más alto nivel del área del conocimiento correspondiente.
Las y los integrantes del Sistema Nacional de Investigadores no requieren pasar por un proceso de evaluación, sin embargo, deberán aplicar a la Convocatoria y asegurarse de generar y firmar la solicitud.
El Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado dictaminará la evaluación de los expedientes y dará a conocer los resultados en la tercera semana del mes de marzo de 2023.
Se podrán presentar solicitudes de reconsideración durante los tres días hábiles después de publicados los resultados de la evaluación (en ningún caso se podrán adicionar documentos o productos).
Los resultados finales serán dictaminados por el Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado y se darán a conocer a más tardar la última semana del mes de marzo de 2023, los resultados serán inapelables.
NO S.N.I: La vigencia del nombramiento en el Padrón de Investigadoras (es) será por cuatro años, con excepción de las y los solicitantes que tienen el grado de Maestría o Especialidad Médica y certificados por el Consejo Mexicano de su Especialidad. En estos casos la vigencia del nombramiento será por dos años.
S.N.I: Su nombramiento como integrante del Padrón de Investigadoras (es) tendrá la misma vigencia que la de su membresía del Sistema Nacional de Investigadores.
En todos los casos la vigencia será a partir del primero de enero del 2023.
Las situaciones no previstas en la presente convocatoria serán resueltas en primera instancia por la Comisión del área o áreas correspondientes; o en su caso, las que permanezcan sin resolución podrán ser turnadas al pleno del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado quienes dictaminarán lo conducente.
El registro e inscripción a la presente convocatoria, implica la aceptación de las personas participantes en todos sus términos.
Documentación aplicable como evidencia de los puntos 1 al 4 de esta Convocatoria.
Título y cédula profesional, en caso de haber obtenido el posgrado en el extranjero deberá subir escaneo de su título apostillado. Las y los investigadores con grado de maestría deberán subir la constancia de los estudios de doctorado en proceso.
Productos Académicos
Publicaciones: completas.
Proceedings: completos.
Capítulos de libro y Libros: Portada del capítulo, portada del libro, ISBN, tiraje, la editorial o editoriales e índice.
Patentes: Certificado del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) o de la oficina de patentes del país donde se haya registrado la invención.
Carga académica mediante oficio de su Unidad Académica.
Dirección de tesis: Portada de la tesis y acta de examen profesional o de grado.