Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado

Dirección General de Investigación

Padrón de Investigadores 2021

Convocatoria

BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO

CONVOCATORIA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE INVESTIGADORES DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
CONVOCATORIA 2021

En cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado en su sesión ordinaria del día 11 de febrero de 2021 se convoca a las y los Profesores-Investigadores interesados en incorporarse al Padrón de Investigadores de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla a entregar su documentación de acuerdo con los términos y dentro de los plazos establecidos en la presente convocatoria.

El Padrón de Investigadores se integra por áreas del conocimiento, y está conformado por todos las y los Profesores–Investigadores de tiempo completo o medio tiempo que hayan desarrollado labores de investigación, así como de docencia, en forma regular en los últimos cuatro años o de aquellos que se hayan integrado a la planta de la BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA en el último año:

  1. Poseer el grado de Doctorado en Ciencias, en limitadas ocasiones se considerará la incorporación de aquellos investigadores con grado de Maestría o con Especialidad certificada ante el Consejo Mexicano de la Especialidad correspondiente a su área de investigación, que además muestren una producción científica considerable.

  2. Comprobar los resultados de investigación de los últimos cuatro años presentando al menos tres productos académicos derivados de su labor de investigación. Estos productos deberán incluir al menos dos artículos publicados en revistas especializadas arbitradas e indizadas en sistemas de información en línea reconocidos internacionalmente como son: Clarivate Analytics, (Journal of Citation Reports), SCOPUS, SciELO o el Padrón de Revistas de Investigación del CONACyT.

    Los productos a considerar son:

    1. Artículos publicados en revistas científicas de investigación arbitradas de circulación internacional e indizadas y que se les mida el nivel de citación por medio de métricas tales como el Factor de Impacto (IF), o el Source Normalized Impact per Paper (SNIP) o equivalentes. Se considerarán favorablemente y de manera excepcional aquellos artículos publicados en revistas fuera de las métricas de IF o SNIP, siempre que las y los evaluadores consideren que la publicación es de prestigio dentro de su área del conocimiento.

    2. Las publicaciones en memorias in extenso o Proceedings podrán considerarse de acuerdo a los criterios establecidos en cada área del conocimiento siempre y cuando se haga de manera explícita que en la publicación se siguió un proceso riguroso de arbitraje por pares académicos y que fueron avalados y editados por una sociedad científica.

      Nota: Se solicitará a las y los investigadores que especifiquen los índices internacionales en los que está considerada la publicación. La Comisión de Evaluación por Área del Conocimiento determinará el valor que se le adjudicará al producto de acuerdo con los criterios vigentes en cada área.

      Nota: se debe considerar que el registro ISSN no es sinónimo de indización, esto es que no se aceptará cuando sea indizado tan solo por su regularidad en su edición, ya sea impresa o digital.

    3. Libros o capítulos de libro que sean resultado de trabajos de investigación, publicados por editoriales que cuenten con un Consejo Editorial reconocido y que además cuente con ISBN. Se privilegiará aquellos materiales publicados en editoriales con distribución internacional o que sus contenidos sean indizados en bases de datos internacionales.

    4. Patentes registradas u otorgadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o cualquier otra oficina de Propiedad Industrial de otros países o licenciamientos o transferencia de conocimiento.

  3. Docencia: Haber participado activamente en esta a través de la impartición de clases en alguno de los distintos niveles: Licenciatura, Maestría o Doctorado. En especial, se considerará de manera muy favorable cuando las y los investigadores hayan impartido clases en programas educativos de licenciatura.

  4. Formación de Recursos Humanos: Haber dirigido tesis en cualquier nivel: Licenciatura, Maestría o Doctorado y que al menos se tengan dos direcciones de tesis de licenciatura o de posgrado concluidas, defendidas por la alumna o el alumno y aprobadas en el período a evaluar, y al menos en una de estas debe haber sido la tutora o el tutor principal.

*Las comisiones podrán considerar y otorgar un dictamen favorable si el caso lo amerita, a las y los jóvenes académicos, doctorados en el último año, que aún no cumplan con alguno de los requisitos generales establecidos en la presente Convocatoria en base a su producción científica de los últimos cuatro años.

Vigencias

    NO S.N.I

    La vigencia del Nombramiento en el Padrón de Investigadores será por cuatro años, con excepción de las y los solicitantes que tienen el grado de Maestría o Especialidad Médica y certificados por el Consejo Mexicano de su Especialidad. En estos casos la vigencia del Nombramiento será por dos años.

    S.N.I

    En el caso de las solicitudes de miembros del Sistema Nacional de Investigadores, no requieren pasar por un proceso de evaluación. Sin embargo, deberán aplicar a la Convocatoria a través de la plataforma del Padrón de Investigadores VIEP. Su nombramiento como miembro del Padrón de Investigadores será igual al número de años de su membresía al Sistema Nacional de Investigadores.

En todos los casos la vigencia será a partir del primero de enero del 2021.

Proceso de solicitud y subida de documentación a la plataforma

  1. Registro en línea

    Todos las y los solicitantes (incluyendo los miembros del Sistema Nacional de Investigadores) deberán llenar su solicitud electrónica en el sitio web de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado http://www.viep.buap.mx. Es importante rectificar y/o ratificar el Área de Conocimiento en la cual quiere ser evaluado y su nombramiento del Sistema Nacional de Investigadores.

    El registro iniciará el lunes 15 de febrero de 2021 y se cerrará la plataforma el 1 de marzo de 2021. Toda la documentación será subida a la plataforma como documento de PDF de no más de 2 Megabytes. Favor de checar el tamaño de sus documentos antes de anexarlos en la plataforma.

  2. Presentación de expedientes

    La presentación de expedientes será en línea.

    Las y los solicitantes que no pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores deberán completar su registro en línea, imprimirlo, firmar el archivo generado, digitalizarlo y subirlo a la misma plataforma, en adición subir a la plataforma para la evaluación de su expediente en línea, la comprobación de los requisitos 1 al 4 establecidos en esta Convocatoria.

    Las y los miembros del Sistema Nacional de Investigadores serán incorporados al Padrón sin ser sometidos al proceso de evaluación. Pero deberán completar su registro en línea, imprimirlo y firmar el archivo generado, digitalizarlo y subirlo a la misma plataforma.

    Todas las solicitudes serán impresas, firmadas, digitalizadas y subidas a la misma plataforma. Así como la documentación especificada en cada caso en el Anexo 1.

  3. Cierre de la Convocatoria

    Fecha límite: La plataforma se cerrará el 1° de marzo de 2021 a las 15:00 horas

    (Ya deberá haber generado el archivo que deberá ser impreso, firmado, digitalizado y subido a la misma plataforma).

  4. Evaluación de solicitudes

    • Los expedientes serán evaluados por pares académicos que integran las Comisiones por Área de Conocimiento correspondientes.
    • El Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado dictaminará la evaluación de los expedientes, y dará a conocer los resultados de la evaluación en la tercera semana del mes de marzo 2021.
    • Se podrán presentar solicitudes de reconsideración durante los cinco días hábiles después de publicados los resultados de la evaluación. Los resultados finales serán dictaminados por el Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado y se darán a conocer en la primera quincena del mes de abril de 2021.

Consideraciones adicionales

Casos y situaciones no contemplados en esta convocatoria serán resueltos en primera instancia por la Comisión por Área de Conocimiento. Situaciones que permanezcan sin resolución podrán ser turnadas al pleno del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado quienes dictaminarán lo conducente.



A T E N T A M E N T E,
“PENSAR BIEN, PARA VIVIR MEJOR”
15 DE FEBRERO DE 2021

DR. YGNACIO MARTÍNEZ LAGUNA
VICERRECTOR

Anexo 1

Documentación permitida como evidencia de los puntos 1 al 4 de esta Convocatoria.

Para No miembros del S.N.I.

Subir según las instrucciones marcadas en la plataforma los comprobantes en archivos pdf no mayores a 2 Mb cada uno:

  1. Título y cédula profesional, en caso de haber obtenido el posgrado en el extranjero deberá subir escaneo de su título apostillado.

  2. Productos Académicos

    1. Publicaciones: completas.

    2. Proceedings: completos.

    3. Capítulos de libro y Libros: Portada del capítulo, portada del libro, ISBN, tiraje, la editorial o editoriales e índice.

    4. Patentes: Certificado del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) o de la oficina de patentes del país donde se haya registrado la invención.

  3. Carga académica mediante oficio de su Unidad Académica.

  4. Dirección de tesis: Portada de la tesis y acta de examen profesional o de posgrado.

Para miembros del S.N.I.

Subir según las instrucciones marcadas en la plataforma los comprobantes en archivos pdf no mayores a 2 Mb cada uno:

  1. • Nombramiento vigente emitido por el Sistema Nacional de Investigadores con periodo de vigencia.

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