En cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado en su sesión ordinaria del día jueves 30 de octubre de 2019 se convoca a los Profesores-Investigadores interesados en incorporarse al Padrón de Investigadores de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla a entregar su documentación de acuerdo con los términos y dentro de los plazos establecidos en la presente convocatoria.
El Padrón de Investigadores se integra por áreas del conocimiento, y está conformado por todos los Profesores–Investigadores de tiempo completo o medio tiempo que hayan desarrollado labores de investigación, así como de docencia, en forma regular en los últimos cuatro años o de aquellos Profesores–Investigadores que hayan sido repatriados o retenidos en el último año y que cumplan con los siguientes requisitos:
Poseer el grado de Doctor en Ciencias, en limitadas ocasiones se considerará la incorporación de aquellos investigadores con grado de Maestría o con Especialidad certificada ante el Consejo Mexicano de la Especialidad correspondiente a su área de investigación, que además muestren una producción científica considerable.
Comprobar los resultados de investigación de los últimos cuatro años presentando al menos tres productos académicos derivados de su labor de investigación. Estos productos deberán incluir al menos dos artículos publicados en revistas especializadas arbitradas e indizadas en sistemas de información en línea reconocidos internacionalmente como lo son: Clarivate Analytics, (Journal of Citation Reports), SCOPUS, SciELO o el Padrón de Revistas de Investigación del CONACyT.
Los productos a considerar son:
Artículos publicados en revistas científicas de investigación arbitradas de circulación internacional e indizadas y que se les mida el nivel de citación por medio de métricas tales como el Factor de Impacto (IF), Source Normalized Impact per Paper (SNIP) o equivalente. Se considerarán favorablemente y de manera excepcional aquellos artículos publicados en revistas fuera de las métricas de IF o SNIP, siempre que los evaluadores consideren que la publicación es de prestigio dentro de su área del conocimiento.
Las publicaciones en memorias in extenso o Proceedings podrán considerarse de acuerdo a los criterios establecidos en cada área del conocimiento siempre y cuando se haga de manera explícita que en la publicación se siguió un proceso riguroso de arbitraje por pares académicos y que fueron avalados y editados por una sociedad científica.
Nota: Se solicitará a los investigadores que especifiquen los índices internacionales en los que está considerada la publicación. La Comisión de Evaluación por Área del Conocimiento determinará el valor que se le adjudicará al producto de acuerdo a los criterios vigentes en cada área.
Nota: se debe considerar que el registro ISSN no es sinónimo de indización, no cuando sea indizado por su regularidad en su edición, sea ésta en impreso o digital.
Libros o capítulos de libro que sean resultado de trabajos de investigación, publicados por editoriales que cuenten con un Consejo Editorial reconocido y que además cuente con ISBN (consultar la base de datos del CONACyT). Se privilegiará aquellos materiales publicados en editoriales con distribución internacional o que sus contenidos sean indizados en bases de datos internacionales.
Patentes registradas u otorgadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o cualquier otra oficina de Propiedad Industrial de otros países o licenciamientos o transferencia de conocimiento.
Docencia: Haber participado activamente en esta a través de la impartición de clases en algunos de los distintos niveles: Licenciatura, Maestría o Doctorado. En especial, se considerará de manera muy favorable cuando los investigadores hayan impartido clases en programas educativos de licenciatura.
Formación de Recursos Humanos: Haber dirigido tesis en cualquier nivel: Licenciatura, Maestría o Doctorado y que al menos se tengan dos direcciones de tesis de posgrado, en una de las cuales debe haber sido el tutor principal y que haya sido concluida, defendida y aprobada por el alumno en el período a evaluar.
*Las comisiones podrán considerar y otorgar un dictamen favorable si el caso lo amerita, a jóvenes académicos, doctorados en el último año, que aún no cumplan con alguno de los requisitos generales establecidos en la presente Convocatoria en base a su producción científica de los últimos cuatro años.
Vigencias
NO S.N.I
La vigencia del Nombramiento en el Padrón será por cuatro años, con excepción de los solicitantes que tienen el grado de Maestría o Especialidad Médica y certificados por el Consejo Mexicano de su Especialidad. En estos casos la vigencia del Nombramiento será por dos años. En todos los casos la vigencia será a partir del primero de enero del 2020.
S.N.I
En el caso de las solicitudes de miembros del Sistema Nacional de Investigadores, no requieren pasar por un proceso de evaluación, sin embargo, deberán aplicar a la Convocatoria a través de la plataforma del Padrón de Investigadores VIEP. Su nombramiento como miembro del Padrón de Investigadores será igual al número de años de su membresía al Sistema Nacional de Investigadores.
Proceso de solicitud y entrega de documentación
Todos los solicitantes (incluyendo los miembros del Sistema Nacional de Investigadores) deberán llenar su Currículum vitae en línea que se encuentra a su disposición en la dirección electrónica de la página de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado [http://www.viep.buap.mx] ingresando sus datos personales, laborales y su producción académica de los últimos cuatro años.
Deberá subir a la plataforma la documentación que se requiere en cada caso tal como lo muestran las instrucciones en la página antes mencionada. Es importante rectificar y ratificar el Área de Conocimiento en la cual quiere ser evaluado.
El registro iniciará el martes 29 de octubre y la entrega de la documentación en su Unidad Académica del 1o de noviembre y hasta las 15:00 horas del 15 de noviembre del 2019.
La presentación de expedientes será en línea, y solamente se entregará impresa en su Unidad Académica la solicitud oficial con firma autógrafa.
Los solicitantes que no pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores deberán entregar una impresión de su solicitud con firma autógrafa, adicionalmente subir en la plataforma para la evaluación, la comprobación de los requisitos 1 al 4 establecidos en esta Convocatoria. Documentos comprobatorios que permitan la evaluación por pares y el cumplimiento pleno de los requisitos de esta Convocatoria. (Ver Anexo 1).
Los miembros del Sistema Nacional de Investigadores serán incorporados al Padrón sin ser sometidos al proceso de evaluación. Deberán cumplir con completar su registro en línea y entregar en su Unidad Académica su solicitud impresa y firmada en original en los términos de esta Convocatoria, así como subir a la plataforma la documentación requerida. (Ver Anexo 1). El incumplimiento de estos requisitos impedirá su membresía en el Padrón.
Todas las solicitudes deberán ser entregadas en su Unidad Académica al Secretario de Investigación y Estudios de Posgrado o a la Secretaría Académica en el caso de las Escuelas o en los Campus Regionales para su recepción.
La Unidad Académica entregará las solicitudes en un listado con firma autógrafa del Director o del Secretario Académico o Secretario de Investigación y Estudios de Posgrado, a la Dirección General de Investigación de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado en calle 4 sur 303, Col. Centro, planta alta los días 19 y 20 de noviembre en un horario de 9:00 a 15:00 horas previa cita.
Cierre de la Convocatoria
Fecha límite para entrega de la solicitud firmada en su Unidad Académica: 18 de noviembre del 2019 hasta las 15:00 horas. No habrá prorroga
Evaluación de solicitudes
Consideraciones adicionales
Casos y situaciones no contemplados en esta convocatoria serán resueltos en primera instancia por la Comisión por Área de Conocimiento. Situaciones que permanezcan sin resolución podrán ser turnadas al pleno del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado quienes dictaminarán lo conducente.
Documentación permitida como evidencia de los puntos 1 al 4 de esta Convocatoria.
Para No miemgros del S.N.I.
Entregar a su Unidad Académica solamente la solicitud oficial con firma autógrafa.
Subir según las instrucciones marcadas en la plataforma los comprobantes en archivos pdf no mayores a 2 Mb cada uno:
Título y cédula profesional, en caso de haber obtenido el posgrado en el extranjero deberá subir escaneo de su título apostillado.
Productos Académicos
Publicaciones: completas.
Proceedings: completos.
Capítulos de libro y Libros: Portada del capítulo, portada del libro, ISBN, tiraje, la editorial o editoriales e índice.
Patentes: Certificado del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) o de la oficina de patentes del país donde se haya registrado la invención.
Carga académica mediante oficio de su Unidad Académica.
Dirección de tesis: Portada de la tesis y acta de examen de profesional o de posgrado.
Para miembros del S.N.I.
Entregar a su Unidad Académica solamente la solicitud oficial con firma autógrafa.
Subir según las instrucciones marcadas en la plataforma los comprobantes en archivos pdf no mayores a 2 Mb cada uno:
• Nombramiento vigente emitido por el Sistema Nacional de Investigadores con periodo de vigencia.