Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado

Dirección General de Investigación

Padrón de Investigadores 2018

Convocatoria

BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO

CONVOCATORIA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE INVESTIGADORES DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
CONVOCATORIA 2018

En cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado en su sesión ordinaria del día jueves 26 de octubre de 2017, se convoca a los profesores investigadores interesados en incorporarse al Padrón de Investigadores de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla a entregar su documentación de acuerdo con los términos y dentro de los plazos establecidos en la presente convocatoria.

El Padrón de Investigadores se integra por áreas del conocimiento, y está conformado por todos los Profesores–Investigadores (PI) de tiempo completo o medio tiempo que hayan desarrollado labores de investigación, así como de docencia, preferentemente de posgrado, en forma regular en los últimos cuatro años o de aquellos Profesores–Investigadores que hayan sido repatriados o retenidos en el último año y que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Poseer el grado de Doctor en Ciencias, excepcionalmente podrá considerarse la incorporación de investigadores con Maestría o con especialidad certificada ante el Consejo Mexicano correspondiente a su área y que además muestren una producción científica considerable.

  2. Comprobar los resultados de investigación de los últimos cuatro años presentando al menos tres productos derivados de su labor de investigación. Estos productos deberán incluir al menos dos artículos publicados en revistas especializadas e indexadas en sistemas de información en línea reconocidos internacionalmente como lo son: Journal Citation Reports, SCOPUS, SciELO o el Padrón de Revistas de Investigación del CONACyT. Al menos dos de estas publicaciones deberán contemplar entre sus coautores de manera deseable a miembros de instituciones ajenas a la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.
  3. Los productos a considerar son:

    1. Artículos publicados en revistas científicas de investigación, indexadas y que se les mida el nivel de citación por medio de métricas tales como el Factor de Impacto (IF) y/o Source Normalized Impact per Paper (SNIP). Se considerarán favorablemente y de manera excepcional aquellos artículos publicados en revistas fuera de las métricas de IF o SNIP siempre que los evaluadores consideren que la publicación es de prestigio dentro del área del conocimiento.

      Se solicitará a los investigadores que especifiquen los índices internacionales en los que está considerada la publicación. La Comisión de Evaluación por Área del Conocimiento determinará el valor que se le adjudicará al producto de acuerdo a los criterios vigentes en cada área. (Nota: Se debe considerar que el registro ISSN no es sinónimo de indización).

    2. Libros o capítulos de libro que sean resultado de trabajos de investigación, publicados por editoriales que cuenten con un Consejo Editorial reconocido y que además cuente con ISBN. Se privilegiará aquellos materiales publicados en editoriales con distribución internacional o que sus contenidos sean indizados en bases de datos internacionales.

    3. Patentes otorgadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o cualquier otra oficina de Propiedad Industrial de otros países.

    4. Las publicaciones en memorias in extenso o Proceedings podrán considerarse de acuerdo a los criterios establecidos en cada área del conocimiento siempre y cuando se explicite que en la publicación se siguió un proceso riguroso de arbitraje por pares académicos y que fueron avalados y editados por una sociedad científica reconocida en el RENIECyT.

  4. Haber participado activamente en la formación de recursos humanos a través de la impartición de clases en los distintos niveles Licenciatura, Maestría y/o Doctorado. En especial, se considerará de manera muy favorable cuando los investigadores hayan impartido clases en programas educativos de licenciatura.

  5. Haber dirigido tesis en cualquier nivel: Licenciatura, Maestría o Doctorado y que al menos se tengan dos direcciones de tesis de posgrado en una de las cuales debe haber sido el tutor principal y que haya sido concluida, defendida y aprobada por el alumno en el período a evaluar

*Las comisiones podrán considerar y otorgar un dictamen favorable si el caso lo amerita, a jóvenes académicos, doctorados en el último año, que aún no cumplan con alguno de los requisitos generales establecidos en la presente Convocatoria en base a su producción científica de los últimos cuatro años.

La vigencia del Nombramiento en el Padrón será por cuatro años, con excepción de los solicitantes que tienen el grado de Maestría o Especialidad Médica y certificados por el Consejo Mexicano de su especialidad. En estos casos la vigencia del Nombramiento será por dos años. En todos los casos la vigencia será a partir del primero de enero del 2018.

En el caso de investigadores miembros del Sistema Nacional de Investigadores, sus solicitudes una vez presentadas no requieren pasar por un proceso de evaluación. Sin embargo, el nombramiento para el Padrón se extenderá únicamente por el período de vigencia de su nombramiento en el Sistema Nacional de Investigadores. En el caso de refrendar su membresía en el Sistema, la vigencia será extendida automáticamente hasta completar el período de cuatro años.

Proceso de solicitud y entrega de documentación

  1. Registro en línea

    Todos los solicitantes (incluyendo los miembros del Sistema Nacional de Investigadores) deberán llenar su Currículum vitae en línea que se encuentra a su disposición en la dirección electrónica de la página de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado [http://www.viep.buap.mx] ingresando sus datos personales, laborales y su producción académica de los últimos cuatro años. El registro inicia el viernes 26 de octubre y la entrega de la documentación del 26 de octubre hasta el 17 de noviembre del 2017.

  2. Presentación de expedientes

    Los solicitantes que no pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores deberán adicionalmente presentar para la evaluación la comprobación de los requisitos 1 al 4 establecidos en esta Convocatoria. Entregarán además una impresión de su solicitud y un expediente ordenado que integre copias completas de las publicaciones, capítulos de libros, libros, Proceedings in extenso y demás documentos comprobatorios que permitan la evaluación por pares y el cumplimiento pleno de los requisitos de esta Convocatoria.

    Los miembros del Sistema Nacional de Investigadores serán incorporados al Padrón sin ser sometidos al proceso de evaluación. Deberán, cumplir completando su registro en línea y entregar en la VIEP su solicitud impresa y firmada en original y copia en los términos de esta Convocatoria, así como copia de su Nombramiento vigente emitido por el Sistema Nacional de Investigadores. El incumplimiento de estos requisitos impedirá su membresía en él Padrón.

    En caso que nos falte algún documento en su expediente (por ejemplo: Nombramiento, Título, cédula, etc.), éste se le solicitará en las 72 horas siguientes a la recepción de la solicitud y documentación comprobatoria.

    La recepción de documentos se realizará todos los días hábiles entre 9.00 y 15.00, a partir de la emisión de esta convocatoria y hasta el cierre de la misma, en las oficinas de la Dirección General de Investigación de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado, ubicada en el Centro Universitario de Vinculación y Transferencia de Tecnología, en prolongación de la 24 sur y Av. San Claudio en Ciudad Universitaria, colonia San Manuel.

    Cierre de la Convocatoria (Fecha límite para entrega de la solicitud completa y expediente con documentos comprobatorios): 17 de Noviembre del 2017 hasta las 15:00 horas. No habrá prorroga.

  3. Evaluación de solicitudes

    • Las solicitudes serán sujetas a una revisión técnica por parte de la VIEP, para constatar que se ajusten a los términos de la Convocatoria, antes de turnar los expedientes académicos a revisión a las Comisiones por Área de Conocimiento.
    • Los expedientes serán evaluados por pares académicos que integran las Comisiones por Área de Conocimiento correspondientes.
    • El Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado dictaminará la evaluación de los expedientes, y dará a conocer los resultados de la evaluación el 11 de diciembre de 2017.
    • o Se podrán presentar solicitudes de reconsideración durante los cinco días hábiles después de publicados los resultados de la evaluación. Los resultados finales serán dictaminados por el Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado y se darán a conocer en la primera quincena de labores del mes de enero de 2018.

Consideraciones adicionales

Casos y situaciones no contemplados en esta convocatoria serán resueltos en primera instancia por la Comisión por Área de Conocimiento. Situaciones que permanezcan sin resolución podrán ser turnadas al pleno del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado quienes dictaminarán lo conducente.

A T E N T A M E N T E,
“PENSAR BIEN, PARA VIVIR MEJOR”
26 DE OCTUBRE DE 2017

DR. YGNACIO MARTÍNEZ LAGUNA
VICERRECTOR
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