En cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado en su sesión ordinaria del día jueves 27 de Agosto de 2015 convoca, a los profesores investigadores interesados en incorporarse al Padrón de Investigadores de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla a entregar su documentación de acuerdo con los términos y dentro de los plazos establecidos en la presente convocatoria.
El Padrón de Investigación y Posgrado por área de conocimiento, estará conformado por todos los Profesores–Investigadores (PI) de Tiempo Completo y Medio Tiempo que hayan desarrollado labores de investigación así como de docencia, preferentemente de posgrado, en forma regular en los últimos cuatro años o de aquellos que se hayan incorporado a través de repatriación o retenido en los dos últimos años y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Poseer el grado de Doctor en Ciencias o equivalente.
- Se podrá considerar la incorporación de investigadores con Maestría o excepcionalmente de investigadores con Especialidad certificada ante el Consejo Mexicano de su área vigente y que además muestren una producción científica sostenida.
Comprobar los resultados de investigación de los últimos cuatro años, presentando al menos cuatro productos derivados de su labor de investigación. Estos productos deberán incluir al menos dos artículos en revistas especializadas indexadas por bases de reconocido prestigio como Journal of Citation Report, Scopus, Scielo, Padrón de Revistas del CONACyT; o bien al menos dos de estas publicaciones deberán haber sido publicadas por una institución externa a la universidad con registro ISBN e INDEAUTOR para el caso de libros y/o capitulos de libro, o bien dos productos tecnológicos o de innovación o licenciamiento debidamente registrados en instancias reconocidas nacionales o del extranjero.
Los productos a considerar son los siguientes:
- Artículos publicados en revistas científicas de investigación, indexadas con factor de impacto, reconocidas como de prestigio por el área de conocimiento. Se solicitará a los investigadores que especifiquen los índices en los que está listada la publicación y la Comisión de Evaluación por Área de Conocimiento determinará el valor adjudicable a los mismos de acuerdo con los criterios vigentes en cada área. (Nota: Se debe considerar que el registro ISSN no es igual a “indexación”). Se recomienda consultar bases de indexación como Scopus, Journal of Citation Reports, Scielo, Padrón CONACyT.
- Libros o Capítulos de libro que sean resultado de trabajos de investigación, publicados por editoriales que cuenten con un Consejo Editorial reconocido y que además cuenten con registro I.S.B.N.
- Patentes registradas debidamente certificadas o desarrollo tecnológico comprobable a través de su registro en el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, el Instituto Nacional del Derecho de Autor o equivalente.
Las publicaciones en Memorias in extenso o "Proceedings" de congreso podrán considerarse de acuerdo con criterios establecidos en cada área de conocimiento, pero únicamente cuando se haga explícito en la publicación que se siguió un proceso riguroso de arbitraje por pares académicos y que hayan sido publicados y avalados por sociedades científicas de reconocido prestigio y registradas en RENIECyT.
- Haber participado activamente en la formación de recursos humanos a través de la impartición de clases en los distintos niveles (Licenciatura, Maestría y Doctorado). En especial, se considerará de manera muy favorable cuando investigadores reconocidos impartan clases en programas educativos a nivel licenciatura.
- Contar con dirección de tesis en cualquier nivel (Licenciatura, Maestría o Doctorado) al menos dos. Aquellos investigadores que presenten dirección de tesis de posgrado deben comprobar que al menos una de esas tesis haya sido concluida, defendida y aprobada por el alumno en el período a evaluar.
Las comisiones podrán considerar y otorgar un dictamen favorable si el caso lo amerita, a jóvenes académicos, doctorados en el último año, que aún no cumplan con alguno de los requisitos generales establecidos en la presente Convocatoria en base a su producción científica.
La vigencia del Nombramiento en el Padrón será por cuatro años, con excepción de los solicitantes que tienen el grado de Maestría o Especialidad Médica. En estos casos la vigencia del Nombramiento será por dos años.
En el caso de investigadores miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), sus solicitudes una vez presentadas no requieren pasar por un proceso de evaluación. Sin embargo, el nombramiento para el Padrón se extenderá únicamente por el período de vigencia de su nombramiento en el S.N.I. En el caso de refrendar su membresía en el S.N.I. la vigencia será extendida automáticamente hasta completar el período de cuatro años.
Proceso de solicitud y entrega de documentación
Todos los solicitantes (incluyendo los miembros del S.N.I.) deberán llenar su Currículum en línea que se encuentra en la dirección electrónica de la página de la Vicerrectoría [http://www.viep.buap.mx] ingresando sus datos personales, laborales y producción académica de los últimos 4 años.
Los solicitantes que no pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores (SNI) deberán adicionalmente presentar para la evaluación la comprobación de los requisitos 1 al 4 establecidos en esta Convocatoria. Entregarán además una impresión de su solicitud y un expediente ordenado que integre copias completas de las publicaciones y demás documentos comprobatorios que permitan la evaluación del cumplimiento de los requisitos de esta Convocatoria.
Los miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) serán incorporados al Padrón sin ser sometidos al proceso de evaluación. Deberán, cumplir con completar su registro en línea y entregar a la VIEP su solicitud impresa y firmada en original y copia en los términos de esta convocatoria. El incumplimiento de estos requisitos impedirá su membresía en él Padrón.
En caso que nos falte algún documento en su expediente (por ej. Nombramiento, Título etc.), éste se le solicitará en las 72 horas siguientes a la recepción.
La recepción de documentos se realizará todos los días hábiles entre 09:00 y 15:00, a partir de la emisión de esta convocatoria y hasta el cierre de la misma, en las oficinas de la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado, [Casa de la Palma en calle 4 Sur 303, (Primer Piso), Centro Histórico].
Cierre de la Convocatoria: Fecha límite para entrega de la solicitud completa y expediente con documentos comprobatorios Viernes, 25 de Septiembre del 2015 hasta las 15:00 horas. No habrá prorroga.
Evaluación de solicitudes
Consideraciones adicionales
Casos y situaciones no contemplados en esta convocatoria serán resueltos en primera instancia por la Comisión por Área de Conocimiento. Situaciones que permanezcan sin resolución podrán ser turnadas al pleno del Consejo de Investigación y Estudios de Posgrado quienes dictaminarán lo conducente.